El sistema que observamos y vivimos, está siendo afectado por grandes atropellos a la ciudadanía la falta de ética en la función pública se manifiesta en la corrupción de los funcionarios que la emplean, se necesita de un programa muy eficiente para poder controlar, modificar y crear conciencia en las aptitudes inmorales que emplean la mayoría de aquellos que tienen el deber de cumplir su cargo con dignidad.
El Funcionario Y su deber
Debe ejercer su cargo con dignidad, eficiencia, imparcialidad e independencia, el Defensor Público debe velar y respetar los derechos y libertades fundamentales establecidas en nuestra Constitución de la Republica y los tratados internacionales, se debe contar con un defensor público que posea una visión pronta y efectiva aplicación del proceso penal por medio de un juicio justo, si bien ejercemos una defensa técnica oprimida por la transparencia y la moral como requisitos de convivencia social, evitando los defensores a cometer atrocidades como cobros indebidos, regalías, engaños o falsas promesas que no podemos cumplir es necesario acotar que solo el imputado tiene derecho a mentir.
El Defensor Publico se debe al integro respeto de los principios que atañan a su función judicial. La gratuidad, colaborar con el sistema penal de manera gratuita sin esperar nada a cambio de personas desposeídas económicamente y que no cuentan con servicios de representación legal. La lealtad judicial y personal, acordémonos que debemos evitar los fraudes judiciales, las negociaciones detrás de la transparencia, la lealtad a los intervinientes debiendo informar, asistiendo, y representado dignamente en favor de los imputado.
La obligatoriedad, la contempla nuestro código procesal penal al expresar que la asistencia técnica debe ejercitarse en el mismo momento que una persona es detenida como partícipe de un delito hasta que cesan sus efectos penales, todas las instituciones públicas o privadas deben brindar información o colaboración solicitada.
El legislador está convencido que el fortalecimiento de las garantías procesales permite un equilibrio procesal de las partes. La imparcialidad, abstenerse de toda conducta contraria a la seriedad y decoro en las actuaciones que por mandato constitucional le son conferidas como defensor público debe actuar con prudencia siendo imparcial en relación a los intervinientes del proceso. Diligencia judicial, implica celeridad en el proceso penal evitando los retardos innecesarios, cuidando que se ejecuten las etapas del juicio dentro de los plazos o términos legales
Leyes Y Normas
A nuestra disposición tenemos abundantes leyes y órganos de control que obligan a la fiscalización de administración publica y reglan la responsabilidad de los funcionarios y los derechos de los ciudadanos para informase, mediante la constitución, el poder judicial, que son unos de los encargados de administrar la justicia en la sociedad, mediante la aplicación de las normas jurídicas, en la resolución de conflictos.
También tenemos el código de ética del funcionario Público, que tiene como fin primordialmente velar por la correcta administración del poder, luchar contra la corrupción y por la eficiencia de su deber, objetivos que son esenciales en la democracia de cualquier país.
El artículo 1 del Código de Ética del Funcionario Publico informa que
Corresponde a los funcionarios públicos:
1. Salvaguardar en todo momento y en cada una de sus actuaciones, los intereses generales del Estado y la preservación del patrimonio público.
2. Actuar con estricto apego a las leyes y a todas las demás normas e instrucciones que deben regir su comportamiento en la realización cabal de todas las tareas que tenga asignadas.
3. Dedicar todos sus esfuerzos para cumplir, con la máxima eficiencia y la más alta eficacia, la misión que le esté encomendada.
4. Realizar permanentemente actividades de superación personal y de colaboración en el mejoramiento institucional de la administración pública y, en particular, del organismo donde preste sus servicios.
5. Rehusar con firmeza inequívoca el mantenimiento de relaciones o de intereses, con personas u organizaciones, que sean incompatibles con sus cargos y con las atribuciones y funciones que le estén asignadas.
6. Proceder con objetividad e imparcialidad en todas las decisiones que le corresponda tomar y en los asuntos en los que deba intervenir.
7. Rechazar en cualquier caso y circunstancia y no solicitar jamás, ni para sí mismos ni para terceros, pagos, beneficios o privilegios en ocasión de los servicios que deba prestar.
8. Ajustar su conducta, de modo estricto y sin excepciones, a favor de la transparencia en la administración pública manteniendo la confidencialidad y reserva de información en aquellos casos excepcionales cuya divulgación esté prohibida, por razones del superior interés público, de modo expreso y temporal.
9. Denunciar ante la autoridad competente y rechazar cualquier actividad contraria al correcto manejo de los fondos y del interés público.
10. Tratar a los ciudadanos y a los funcionarios públicos con absoluto respeto y con apego a la estricta legalidad, prestándole sus servicios y colaboración de manera eficiente, puntual y pertinente, sin abusar en modo alguno de la autoridad y atribuciones que le sean conferidas en ocasión del cargo que desempeñe.
¿Cree usted que esto se cumple?
Son unas de las preguntas frecuentes que la ciudadanía se hace, hay muchas interrogantes que salen a relucir en este extenso y se puede decir casi que histórico tema, ya que la corrupción en las leyes y normas vienen desde hace muchos años atrás, considerando que la mayoría de las personas han sido víctimas de este atropello. Y no solo una vez, si no, en varias ocasiones.
¿Será que el problema es el salario impuesto a estos supuestamente Defensores Públicos?
O solo es parte ya de la cultura venezolana, que los funcionarios busquen sus necesidades placenteras, por medio de este acto tan usual. Debemos tomar en cuenta que hay acciones por parte de los mismos afectados, que conllevan a que el funcionario actué de forma indebida, porque la persona que acude a este hecho, si es aceptado por el oficial, atrae beneficios hacia él, como por ejemplo: Si se va en un automóvil se quiebras una ley de transito, el fiscal se dirige a cumplir con su obligación como formador de conciencia y defensa pública, la persona que maneja el automóvil le porta una cantidad de dinero, para poder seguir con su camino. Entonces queda de parte no solo de toda organización protegernos de estos delitos éticos y morales, si no, también de los ciudadanos.
Enseñar es una tarea que dignifica cada persona, el logro de una enseñanza y la proporción que se le posibilita a un grupo de estudiantes de aprender a aprender adquiere una gran importancia, este logro que aprende un individuo o alumno es una tarea que cumple un docente la preparación de un individuo que puede recibir cualquier información y procesarla de manera consiente sin que afecte su desarrollo.
Es por esta razón, que es de gran importancia la formación de personas con cualidades positivas en lo personal para enfrentar todos los fenómenos que suceden a su alrededor.
El concepto de una enseñanza según Russell L. (2008), plasma que es la acción y efecto de enseñar instruir, adoctrinar y amaestrar con reglas, es decir, implica una interacción de tres elementos:
ØProfesor, docente o maestro
ØAlumno o estudiante
ØObjeto de conocimiento
Esto quiere decir que el docente es la fuerza del conocimiento al alumno, es un receptor ilimitado del estudiante. La enseñanza es un proceso de transmisión de conocimientos del docente al estudiante por medio de técnicas.
Por otra parte el concepto de un término que es de vital importancia en el mundo docente es el instruir según Michael (2009), lo define, como comunicar sintemáticamente ideas, conocimientos o doctrinas. Dar a conocer a uno, el estado de una cosa, informarle de ella, o comunicarle avisos o reglas de conducta, es decir, arrojar una idea o información a dicho individuo.
Por otra parte el docente es una determinada ciencia o arte, y de esta razón debe poseer habilidades pedagógicas, para ser agente afectivo de proceso de aprendizaje, dicho aprendizaje donde el docente se centra para actuar como mediador o intermediario entre los contenidos del aprendizaje y las actividades que desplieguen los alumnos para asimilarlo, sin olvidarnos o sin dejar de conocer que la enseñanza debe individualizarse y darle un sentido de originalidad donde se permita a cada alumno trabajar con independencia y a su ritmo o conocimiento, también es de gran importancia promover la colaboración y el trabajo grupal, por lo tanto el docente posee una base de que es la enseñanza su dedicación y profesión fundamental y sus habilidades consisten en enseñar su profesión y conocimiento de estudio de la mejor manera posible para el alumno.
Según Edgar (2009), define que educar no es mas que desarrollar o perfeccionar las facultades y actitudes de el estudiante – niño o adolecente para una perfecta formación.
Es decir, dar a los alumnos o estudiantes los conocimientos y actitudes necesarias para que día a día sean personas integras, de provecho y con todo lo necesario para sobrevivir en esta sociedad que vivimos. No se trata de moldear a nuestra imagen y semejanza, sino de dar todas las posibilidades a nuestro alcance. Estamos con ellos durante mucho tiempo al día y es necesario que alguien les enseñe todo eso que hay ahí fuera y que vale la pena vivir así como todo lo nocivo.
El objetivo ético que rige el comportamiento del profesional docente. Son los deberes profesionales, ya que no comienzan cuando recibimos el Diploma o el Título, comienzan desde el mismo momento en que se decide ejercer la actividad profesional y de la misma manera dicho individuo adquiere una responsabilidad moral muy especial. El estudiante de una determinada profesión no puede dejar de adquirir a los deberes que corresponden a la misma, alegando que aún no la ejerce, ya que en el momento en que empieza a estudiar, se obliga a los deberes que la misma profesión ha establecido.
El requisito mas difícil de detectar es la vocación, o la inclinación hacia una actividad que produce en el individuo satisfacción y gusto, pero generalmente siempre no supone ser así. La vocación lleva a la adquisición del profesional. Es por esta razón que la vocación es tan importante como en la tarea educadora.
Difícilmente se puede estar enseñando y educando por mucho tiempo si se carece de vocación; pero lo mas primordial e importante, es que la falta de vocación se refleja en casi todas la conductas habituales del docente.
Es de gran importancia destacar que la Educación Inicial es importancia, ya que, propone contribuir a la formación integral del niño y la niña, enmarcada dentro de una labor conjunta interactiva, cooperativa y coordinada por parte de los distintos autores que ocurren en el hecho educativo. En tal sentido, concibe el rol del educador como mediador de experiencias de aprendizaje, que asume su función desde dos ámbitos:
vEl pedagógico, cuando interviene en los ambientes de aprendizaje
vSocio cultural, cuando su acción se proyecta a la familia y a la comunidad
Este nivel de Educación Inicial según Peralta (1997), afirma que se refiere a la educación que tiene lugar antes de la enseñanza formal de la Educación Básica, con una gran diversidad de forma de organizarla como representación de las características de las diferentes comunidades. Las experiencias familiares y comunitarias representan una gran oportunidad como espacios concretos, reales y cercanos al niño que permiten atender a dos necesidades que se encuentran en el pequeño como son:
vLa identidad cultural
vLa pertinencia a un grupo
Es decir, en este nivel de Educación se plantea el aprendizaje como una construcción de cada individuo, que le permite modificar su estructura mental y, alcanzar un mayor nivel de complejidad e integración, un aprendizaje que contribuye al desarrollo de las personas es por esta razón que el Currículo de Educación Inicia se concibe como un sistema interactivo en el cual son elementos importantes como lo son:
vEl ambiente de aprendizaje
vLa evaluación del desarrollo y de los aprendizaje del niño y niña
vLa planificación
vLa mediación del docente o adulto significativo
Ahora bien, como ya se explicó, el docente o mediador dedica la mayor parte de su tiempo a la actividad profesional, bien sea (preparación, preocupación), tanto para obtener los satisfactores básicos como los de nivel más elevado consistentes en deseos o ambiciones. El elemento compensatorio de toda esta actividad, representado por sueldo u honorarios, además de otros beneficios que, aunque no expresados obtiene satisfactores que pueden ser equivalentes.
El cumplir con las condiciones dentro de su trabajo profesional ha sido contratado, y el percibir un sueldo por el mismo, se pone al servicio de otros el "saber hacer", pero de ninguna manera la dignidad humana. El sueldo o salario no compra al hombre, sino que compra las habilidades del individuo. La persona no está obligada a desempeñar funciones que no estén de conformidad con la escala de valores morales que respalden su condición de profesional digno, es decir, comprometer lo que antiguamente se conocía como el honor.
Según Max Scheler, (1948), afirma que los valores son esencias, hechos fenomenológicos, distinguibles tanto de los hechos naturales como de los hechos científicos. Los primeros se dan en la visión natural del mundo, es decir, es la actitud habitual y cotidiana, y se captan por medio del conocimiento sensible. Los científicos requieren en cambio una actitud científica: para captarlos se hace necesario realizar una simbolización del mundo, que produce esos hechos como abstracciones. Los fenomenológicos son los más concretos de todos, porque son el contenido directo de la vivencia; se captan de forma inmediata y simbólica. Equivalen a datos puros, de carácter fundamentales respecto de todos los demás. Estos hechos fenomenológicos son los valores. Los valores son independientes, tanto de los bienes que son sus portadores, como de los fines, a los que se dirige la voluntad.
La escala de valores (de mayor a menor), según Scheler es la siguiente:
1) Valores útiles o sensibles: Son los comprendidos a “agradable-desagradable” y se corresponden con los estados sensibles del placer y el dolor. Esta modalidad dice relación esencial con la existencia de una naturaleza sensible.
2) Valores vitales: Son los comprendidos como “noble-vulgar”; se corresponden con los modos del sentimiento vital.
3) Valores espirituales: Son independientes del cuerpo y del entorno y abarcan tres subgrupos, también ordenados jerárquicamente:
3.1. Valores estéticos: son los comprendidos como “bello-feo”;
3.2. Valores jurídicos: son los comprendidos como “justo-injusto”;
3.3. Valores filosóficos o lógicos: Son los comprendidos como “verdadero-falso”.
4) Valores religiosos: Son los comprendidos como “sagrado- profano” y sus soportes aparecen dados como completamente absolutos (cualesquiera que éstos sean), por lo que, respecto a ellos, todas las demás modalidades muestran mayor o menor grado de relatividad.
En esta clasificación no se encuentran los valores morales, porque éstos no poseen una materia propia como los otros, según Scheler, porque en realidad consisten en la realización de los demás valores conforme al orden justo de preferencia según la jerarquía señalada.
El docente deber ser una persona abierta, serena y tolerante, que asuma el papel de mediador y consejero, que domine las nuevas tecnologías, que tenga capacidad para el trabajo en equipo, que sea capaz de orientar personalmente y profesionalmente a los alumnos, que tenga un alto grado de adaptabilidad a las situaciones conflictivas y cambiantes del aula y, sobre todo y que es de mayor importancia, debe poseer tres cualidades:
vLa ejemplaridad
v La autoridad moral
vLa madurez afectiva.
Por otra parte, podemos decir que enseñar y aprender constituyen procesos que interactúan, pero al mismo tiempo, se refieren a dos procesos paralelos e independientes que presentan características específicas que los distinguen. Tanto la escuela como el docente son consecuencias sociales que influyen socialmente las generaciones futuras, es por esta razón que el educador debe tener "ética", tanto profesional como personal.
Según la Ley Orgánica de Educación (2009), establecido en el Capitulo I, Disposiciones Fundamentales, El Estado Docente, plasmado en el:
Artículo 5. El Estado docente es la expresión rectora del Estado en Educación, en cumplimiento de su función indeclinable y de máximo interés como derecho humano universal y deber social fundamental, inalienable, irrenunciable, y como servicio público que se materializa en las políticas educativas. El Estado docente se rige por los principios de integralidad, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad. En las instituciones educativas oficiales el Estado garantiza la idoneidad de los trabajadores y las trabajadoras de la educación, la infraestructura, la dotación y equipamiento, los planes, programas, proyectos, actividades y los servicios que aseguren a todos y todas igualdad de condiciones y oportunidades y la promoción de la participación protagónica y corresponsable de las familias, la comunidad educativa y las organizaciones comunitarias, de acuerdo con los principios que rigen la presente Ley. El Estado asegura el cumplimiento de estas condiciones en las instituciones educativas privadas autorizadas.
De la misma manera según La Ley Orgánica de Educación (2009), establecido en el Capitulo IV, Formación y Carrera Docente, plasmado el los siguientes Artículos:
Artículo 37. Es función indeclinable del Estado la formulación, regulación, seguimiento y control de gestión de las políticas de formación docente a través del órgano con competencia en materia de Educación Universitaria, en atención al perfil requerido por los niveles y modalidades del Sistema Educativo y en correspondencia con las políticas, planes, programas y proyectos educativos emanados del órgano con competencia en materia de educación básica, en el marco del desarrollo humano, endógeno y soberano del país. La formación de los y las docentes del Sistema Educativo se regirá por la ley especial que al efecto se dicte y deberá contemplar la creación de una instancia que coordine con las instituciones de educación universitaria lo relativo a sus programas de formación docente.
Artículo 38. La formación permanente es un proceso integral continuo que mediante políticas, planes, programas y proyectos, actualiza y mejora el nivel de conocimientos y desempeño de los y las responsables y los y las corresponsables en la formación de ciudadanos y ciudadanas. La formación permanente deberá garantizar el fortalecimiento de una sociedad crítica, reflexiva y participativa en el desarrollo y transformación social que exige el país.
Artículo 40. La carrera docente constituye el sistema integral de ingreso, promoción, permanencia y egreso de quien la ejerce en instituciones educativas oficiales y privadas. En los niveles desde inicial hasta media, responde a criterios de evaluación integral de mérito académico y desempeño ético, social y educativo, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República. Tendrán acceso a la carrera docente quienes sean profesionales de la docencia, siendo considerados como tales los que posean el título correspondiente otorgado por instituciones de educación universitaria para formar docentes. Una ley especial regulará la carrera docente y la particularidad de los pueblos indígenas.
Artículo 41. Se garantiza a los y las profesionales de la docencia, la estabilidad en el ejercicio de sus funciones profesionales, tanto en el sector oficial como privado; gozarán del derecho a la permanencia en los cargos que desempeñan con la jerarquía, categoría, remuneración y beneficios socioeconómicos en correspondencia con los principios establecidos en la Constitución de la República, en esta Ley y en la ley especial.
Por otra parte la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), establece en el Capitulo VI, De los deberes Culturales y Educativos, lo planteado el los siguientes Artículos:
Artículo 104. La educación estará a cargo de personas de reconocida moralidad y de comprobada idoneidad académica. El Estado estimulará su actualización permanente y les garantizará la estabilidad en el ejercicio de la carrera docente, bien sea pública o privada, atendiendo a esta Constitución y a la ley, en un régimen de trabajo y nivel de vida acorde con su elevada misión. El ingreso, promoción y permanencia en el sistema educativo, serán establecidos por ley y responderá a criterios de evaluación de méritos, sin injerencia partidista o de otra naturaleza no académica.
Artículo 105. La ley determinará las profesiones que requieren título y las condiciones que deben cumplirse para ejercerlas, incluyendo la colegiación.
Artículo 106. Toda persona natural o jurídica, previa demostración de su capacidad, cuando cumpla de manera permanente con los requisitos éticos, académicos, científicos, económicos, de infraestructura y los demás que la ley establezca, puede fundar y mantener instituciones educativas privadas bajo la estricta inspección y vigilancia del Estado, previa aceptación de éste.
El docente necesita poseer diferentes saberes a fin de contar con marcos de referencia teóricos explícitos que le permitan fundamentar su práctica a partir de la reflexión cotidiana sobre su tarea y la dinámica institucional. Ambas son utilizadas por el maestro para llevar a cabo una propuesta didáctica y tienen un peso muy importante. Las intervenciones que el maestro despliega en el marco de dichas situaciones juegan un papel fundamental
Si bien no existe una "receta" a seguir, creemos que el docente debería asumir este tan complejo pero gratificante compromiso, haciendo de la situación de enseñanza-aprendizaje un espacio reflexivo, con el fin de iniciar a futuras generaciones.
Para eso el docente debe actuar como mediador y creativo, haciendo participar a los alumnos de situaciones que le permiten mostrar un aprendizaje significativo y ser un buen informante del uso de los valores, presentando a la misma como un código estable. Prestando atención al uso correcto de una formación educadora, que posibilitan educación del niño y la niña reflexionando sobre los mismos y para efectuar las modificaciones necesarias y que queden, claramente, expresadas sus ideas y conocimientos en el individuo.
Para una gran Formación Docente es posible designar una carrera docente, el mismo se pueden beneficiar de las siguientes casas de estudios:
INSTITUCIONES PÚBLICAS
Universidad Nacional Abierta (UNA) – Caracas, ubicada en la Sede Central, Avenida Los Calvani, No. 18, San Bernardino, Municipio Libertador, Distrito Capital.
Universidad Nacional Abierta (UNA) - Centro Local Trujillo ubicada en Avenida Cuatricentenaria, frente a los bloques del INAVI. Trujillo, Estado Trujillo.
La Educación Inicial para el docente es el aprendizaje continuo que los lleva a lugares de su entendimiento llegando a tener una interacción con los niños y niñas.
Esa interacción y el flujo de información le da la procedencia de intercambio y la renovación de ideas haciendo posible un ejercicio vocacional mas científico dando la oportunidad a la educación inicial que sea mas estática ya que es compartir, con amor y afecto en diferentes niveles y modalidades, enviando un mensaje hacia los cambios de conducta deseable siendo un beneficio para los niños y niñas menores de seis años de edad, con el propósito de potencializar su desarrollo integral y armónico en un ambiente rico en experiencias formativas, educativas y afectivas, lo que le permite adquirir habilidades , hábitos y valores así como desarrollar se autonomía creatividad y actitudes necesarias en su desempeño personal y social.
La educación inicial es un derecho de los niños y niñas; una oportunidad para los padres de familia para mejorar y enriquecer sus prácticas de crianza y un compromiso del personal docente de apoyo para cumplir con los propósitos planteados.
Actualmente la educación inicial es una realidad mundial, indispensable para garantizar el óptimo desarrollo de los niños y niñas.
La educación es un dialogo entre los niños y los adultos, a través del cuyo intercambio se construye el mundo social.
La evolución es un elemento importante del proceso0 educativo en la educación inicial. Porque es un proceso continuo y holístico donde intervienen todos los actores y factores del mismo, también forma parte de la planificación como proceso global, y es el principal instrumento del educador o educadora para tomar decisiones curriculares, ya que suministra información, en lo que se refiere a la marcha general del proyecto educativo integral comunitario, al proceso de desarrollo de niños y niñas, así como a su propio desempeño.
En la educación inicial la evaluación del desarrollo del aprendizaje de los niños y niñas entre cero y seis años es concebida como un proceso permanente de valorización cualitativa de los aprendizajes adquiridos y de sus potencialidades, así como las condiciones del entorno.
Este proceso de evaluación es individualizado ya que cada niño y niña es un ser único que se desarrolla en un colectivo social-cultural.
Cuando el profesorado toma conciencia accesible a otros como ayuda para lograr el conocimiento y utiliza estrategias para resolver problemas de la vida cotidiana.
Se puede decir que la educación inicial es una fase fundamental para el desarrollo del niño y la niña pues es donde se empieza a ampliar la creatividad ya que ellos aprenden por medios de estrategias.
Según las bases curriculares de educación inicial (2005), El paradigma educativo que se construye en el país, tiene como centro al ser humano como ser social, capaz de responder y participar activamente en la transformación de la sociedad en la que vive. En este sentido, se concibe la educación como un continuo de desarrollo humano que se ejecuta a través de los procesos de enseñanza y aprendizaje entendida como unidad compleja de naturaleza humana integral; de forma que correspondan, los niveles y modalidades a los momentos de desarrollo del ser humano en los órdenes físico, biológico, psíquico, cultural y social, que se producen en períodos sucesivos donde cada uno engloba al anterior para crear las condiciones de aptitud, vocación y aspiración a ser atendidas por el sistema educativo. Tal como lo establece el artículo 103 de la CRBV.
En este paradigma, la Educación Inicial se inserta en un enfoque de educación y desarrollo humano como un continuo, enfoque integral globalizado que vincula la Educación Inicial con la Educación Básica para darle continuidad y afianzamiento en ésta última a los vínculos afectivos que son la base de la socialización y de la construcción del conocimiento.
Por otra parte “ME 2002” dice que la educación inicial es una realidad mundial, para garantizar el optimo desarrollo de los niños y niñas.
La problemática de la continuidad o articulación entre educación infantil y primaria no es un tema nuevo, pero hoy adquiere una mayor significación dadas las exigencias educativas para el nuevo milenio que trae consigo grandes demandas al desarrollo científico técnico y por tanto al desarrollo de las futuras generaciones.
La edad preescolar constituye una etapa significativa en la vida del individuo, pues en ella se estructuran las bases fundamentales del desarrollo de la personalidad, se forman y regulan una serie de mecanismos fisiológicos que influyen en el desarrollo físico, el estado de salud y en el grado de adaptación al medio.
La OPSU Una oficina técnica auxiliar del Consejo Nacional de Universidades, que se encarga de instrumentar las políticas y estrategias para la educación superior señaladas en los planes de la nación. Creada a raíz de la reforma parcial que sufriera la Ley de Universidades en septiembre de 1970.
Atributos de la OPSU:
1. Servir como oficina técnica del CNU;
2. Hacer el cálculo de las necesidades profesionales del país a corto, mediano y largo plazo;
3. Proponer alternativas acerca de la magnitud y especialización de las universidades y de los modelos de organización de las mismas;
4. Asesorar a las Universidades Nacionales en la elaboración y ejecución de sus presupuestos programa, a cuyo efecto, mantendrá contacto permanente con las oficinas universitarias de presupuestos, y preparará los instructivos y formularios que le sirvan de guía;
5. Las demás que le señalen las leyes y reglamentos.
Valores:
Abiertos al cambio, corresponsabilidad y trabajo en equipo, liderazgo, capacidad comunicacional, creatividad e iniciativa, compromiso con el beneficiario y calidad de servicio, uso eficiente de los recursos, lealtad, relaciones interpersonales, respeto y transparencia.
Detalles de la Carrera: "Educación Inicial"
Descripción: El Licenciado en Educación inicial o Profesor Especialidad: Educación inicial tiene como objetivo fundamental facilitar el desarrollo integral del niño (social, afectivo, cognoscitivo, motriz, físico-biológico) en edad Inicial, para lo que aplica técnicas y procedimientos adecuados al proceso didáctico, cultivando la sensibilidad para lograr cambios sociales positivos en los niños y en los familiares; fomentando la participación de la familia en el proceso evolutivo integral del niño. Este profesional además está capacitado para estudiar la problemática propia del nivel y planificar, programar y organizar la administración de soluciones al problema detectado, así como también está en capacidad de organizar centros preescolares.
Campo de Trabajo:
Instituciones de educación inicial y 1er grado de la escuela básica; oficinas de planificación educativa, grandes empresas que ofrezcan servicios de guardería a sus empleados.
Artículo 102. La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento de conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social consustanciados con los valores de la identidad nacional, y con una visión latinoamericana y universal. El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana de acuerdo con los principios contenidos de esta Constitución y en la ley.
Constitución Bolivariana de Venezuela
Artículo 103. Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. La educación es obligatoria en todos sus niveles, desde la maternal hasta el nivel medio diversificado. La impartida en las instituciones del Estado es gratuita hasta el pregrado universitario. A tal fin, el Estado realizará una inversión prioritaria, de conformidad con las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas. El Estado creará y sostendrá instituciones y servicios suficientemente dotados para asegurar el acceso, permanencia y culminación en el sistema educativo. La ley garantizará igual atención a las personas con necesidades especiales o con discapacidad y a quienes se encuentren privados de su libertad o carezcan de condiciones básicas para su incorporación y permanencia en el sistema educativo.
Las contribuciones de los particulares a proyectos y programas educativos públicos a nivel medio y universitario serán reconocidas como desgravámenes al impuesto sobre la renta según la ley respectiva.
Ley Orgánica de Educación (2009)
Artículo 3. La presente Ley establece como principios de la educación, la democracia participativa y protagónica, la responsabilidad social, la igualdad entre todos los ciudadanos y ciudadanas sin discriminaciones de ninguna índole, la formación para la independencia, la libertad y la emancipación, la valoración y defensa de la soberanía, la formación en una cultura para la paz, la justicia social, el respeto a los derechos humanos, la práctica de la equidad y la inclusión; la sustentabilidad del desarrollo, el derecho a la igualdad de género, el fortalecimiento de la identidad nacional, la lealtad a la patria e integración latinoamericana y caribeña.
Se consideran como valores fundamentales: el respeto a la vida, el amor y la fraternidad, la convivencia armónica en el marco de la solidaridad, la corresponsabilidad, la cooperación, la tolerancia y la valoración del bien común, la valoración social y ética del trabajo, el respeto a la diversidad propia de los diferentes grupos humanos. Igualmente se establece que la educación es pública y social, obligatoria, gratuita, de calidad, de carácter laico, integral, permanente, con pertinencia social, creativa, artística, innovadora, crítica, pluricultural, multiétnica, intercultural, y plurilingüe.
Educación y cultura
Artículo 4. La educación como derecho humano y deber social fundamental orientada al desarrollo del potencial creativo de cada ser humano en condiciones históricamente determinadas, constituye el eje central en la creación, transmisión y reproducción de las diversas manifestaciones y valores culturales, invenciones, expresiones, representaciones y características propias para apreciar, asumir y transformar la realidad.
El Estado asume la educación como proceso esencial para promover, fortalecer y difundir los valores culturales de la venezolanidad.